{"id":1173,"date":"2020-07-09T15:05:41","date_gmt":"2020-07-09T18:05:41","guid":{"rendered":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/?p=1173"},"modified":"2020-07-09T15:05:41","modified_gmt":"2020-07-09T18:05:41","slug":"asesoria-de-menores-n-5-consigue-historica-adopcion-por-integracion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/2020\/07\/09\/asesoria-de-menores-n-5-consigue-historica-adopcion-por-integracion\/","title":{"rendered":"Asesor\u00eda de Menores N\u00b0 5 consigue hist\u00f3rica adopci\u00f3n por integraci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Para hacer valer el inter\u00e9s superior del ni\u00f1o, consider\u00f3 que esa figura del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n no implicaba \u201ccercenar derechos, sino ampliarlos\u201d. El ni\u00f1o hab\u00eda manifestado expresamente su voluntad de que el adoptante sea su padre, pero el informe psicol\u00f3gico plante\u00f3 dudas la realidad biol\u00f3gica del menor.<!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span class=\"cuerpo\">La Asesor\u00eda de Menores e Incapaces N.\u00b0 5 de Corrientes, cuya titular es la doctora Ana In\u00e9s Alvira, consigui\u00f3 que se haga lugar a un dictamen en el que solicit\u00f3 una sentencia de adopci\u00f3n por integraci\u00f3n de un ni\u00f1o que, escuchado en audiencia, manifest\u00f3 expresamente su voluntad de que el adoptante sea su padre y cuyo tr\u00e1mite estaba supeditado al abordaje psicoterap\u00e9utico sobre su realidad biol\u00f3gica, que el Cuerpo de Psicolog\u00eda Forense cre\u00eda conveniente.<br \/>\nLa sentencia favorable la dict\u00f3 el \u00faltimo mi\u00e9rcoles la jueza de Menores N.\u00b0 3 de Corrientes, doctora Pierina Itat\u00ed de los \u00c1negeles Ram\u00edrez.<br \/>\nTras analizar los planteos del Cuerpo de Psicolog\u00eda Forense sobre la necesidad de que el menor deb\u00eda elaborar su realidad biol\u00f3gica, porque este proceso podr\u00eda afectar su derecho a la identidad, el Ministerio P\u00fablico Tutelar \u2013es decir la Asesorar\u00eda de Menores e Incapaces N.\u00b0 5\u2013 hizo pesar el inter\u00e9s superior del ni\u00f1o y reclam\u00f3 una legitimaci\u00f3n urgente. M\u00e1xime cuando hab\u00eda el ni\u00f1o hab\u00eda expresado tener un v\u00ednculo paterno-filial con el pretendido adoptante, luego de convivir con \u00e9l desde muy temprana edad, ya que es el esposo de su madre biol\u00f3gica.<br \/>\n\u201cG.es mi pap\u00e1. Mi mam\u00e1 E. Me explicaron que G. quer\u00eda adoptarme pero no me acuerdo mucho. \u00c9l siempre fue para m\u00ed como mi pap\u00e1. Me cuida, me quiere. Se preocupa por m\u00ed. Me pone contento que \u00e9l me adopte, quiero llevar su apellido. Quiero llamarme B.J.S.S.\u201d, dijo el ni\u00f1o en una audiencia de julio de 2018.<br \/>\nNacido en 2009, el ni\u00f1o nunca fue reconocido por su padre biol\u00f3gico. Su madre, en 2013 comenz\u00f3 un noviazgo con el recurrente y dos a\u00f1os despu\u00e9s contrajo matrimonio. En 2017, el hombre inici\u00f3 el proceso de adopci\u00f3n por integraci\u00f3n.<br \/>\n\u201cDarle protecci\u00f3n a este v\u00ednculo no implica un desconocimiento de la realidad biol\u00f3gica de B., ni una negativa de su derecho a la identidad, sino todo lo contrario, implica otorgarle la posibilidad de contar con un padre \u2013no biol\u00f3gico\u2013 que pueda ejercer los deberes de la responsabilidad parental respecto del mismo y en consecuencia gozar de los derechos que este le asigna\u201d, sostiene el dictamen de la Asesorar\u00eda de Menores e Incapaces N.\u00b0 5, para afirmar que \u201cla adopci\u00f3n por integraci\u00f3n en modo alguno implica cercenar derechos, sino ampliarlos, contemplando y acompa\u00f1ando desde el derecho y la justicia, lo que es una realidad en este grupo familiar\u201d.<br \/>\nLa Asesor\u00eda aplic\u00f3 en toda su dimensi\u00f3n el Art\u00edculo 12 de la Convenci\u00f3n de los Derechos del Ni\u00f1o, que en la Argentina tiene rango constitucional. \u201cLos Estados Partes garantizar\u00e1n al ni\u00f1o que est\u00e9 en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opini\u00f3n libremente en todos los asuntos que afectan al ni\u00f1o, teni\u00e9ndose debidamente en cuenta las opiniones del ni\u00f1o, en funci\u00f3n de la edad y madurez del ni\u00f1o\u201d, dice la primera parte de esa normativa.<br \/>\nY establece luego: \u201cCon tal fin, se dar\u00e1 en particular al ni\u00f1o oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al ni\u00f1o, ya sea directamente o por medio de un representante o de un \u00f3rgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional\u201d.<\/span><\/p>\n<p><span class=\"cuerpo\">Jueves, 09 de julio de 2020<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para hacer valer el inter\u00e9s superior del ni\u00f1o, consider\u00f3 que esa figura del C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n no implicaba \u201ccercenar derechos, sino ampliarlos\u201d. El ni\u00f1o hab\u00eda manifestado expresamente su voluntad de que el adoptante sea su padre, pero el informe psicol\u00f3gico plante\u00f3 dudas la realidad biol\u00f3gica del menor.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":1174,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":{"0":"post-1173","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-provincia"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1173","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1173"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1173\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1174"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1173"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1173"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/conjesucristoderribandofortalezas.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1173"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}